Para el establecimiento de un Centro Comunitario de Aprendizaje, la SEDESOL considera los siguientes criterios:
Que la localidad corresponda preferentemente con las catalogadas como Estratégicas por la Unidad de Microrregiones
Que la localidad se ubique preferentemente en alguno de los municipios prioritarios para la Estrategia 100X100
Que la localidad cuente con un local que ofrezca seguridad para la instalación de los equipos y que su ubicación sea accesible para toda la comunidad
Que la localidad que cuente con servicios de infraestructura básicos
Elaborar una solicitud de instalación de un CCA firmada por la comunidad y/o por parte del ejecutor
Visita de supervisión de la SEDESOL al local o lugar donde se pretende instalar el Centro y requisitar el formato de Ficha Técnica del Local, para validar el lugar donde se instalará el CCA
Acta de cabildo de la administración municipal y carta compromiso firmada por el presidente municipal o ejecutor, donde se especifican los compromisos que debe asumir el ayuntamiento para la instalación y operación del Centro, como es el salario del promotor, pago de energía eléctrica, conectividad, entre otros
Formación del Comité de Base Local, el cual apoyará en el seguimiento a la apertura y operación del Centro
Elección del Promotor del Centro por parte de la SEDESOL y el ayuntamiento
UNIDAD DE MICRORREGIONES
DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE PLANEACIÓN MICRORREGIONAL
DIRECCIÓN DE ANÁLISIS TERRITORIAL
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